El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los trabajadores que el pago de aguinaldo estará exento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) únicamente hasta el monto equivalente a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, $3,394.20 pesos. Cualquier cantidad que exceda este límite será gravada conforme a la Ley del ISR.
De acuerdo con la legislación vigente, el aguinaldo es una prestación laboral obligatoria que debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Sin embargo, muchas personas desconocen que esta prestación no está completamente exenta de impuestos. El SAT precisó que el impuesto se calcula únicamente sobre el excedente del monto libre de gravamen.
Por ejemplo, si una persona percibe $9,000 mensuales y recibe $4,500 de aguinaldo, deberá pagar ISR sobre $1,105.80 pesos. En otro caso, si un trabajador gana $10,000 mensuales y obtiene $5,000 de aguinaldo, el monto sujeto a retención será de $1,605.80.
El organismo fiscal enfatizó que las retenciones se realizan de manera automática por parte del empleador al emitir el recibo de nómina correspondiente, por lo que los trabajadores podrían percibir un pago menor al esperado sin que esto represente un error o incumplimiento.
El SAT recomendó a los contribuyentes revisar cuidadosamente sus recibos y planear sus gastos decembrinos considerando esta deducción, para evitar sorpresas en sus finanzas personales.
La autoridad fiscal también recordó que esta disposición se encuentra sustentada en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.



